En México la constitución de una sociedad puede llevarse a cabo sin la presencia física de los socios fundadores, mediante el otorgamiento de un poder especial limitado al cumplimiento de dicho acto.

 

Los profesionales de Ruini & Partners les asistirán:

 

  • en la elaboración del poder para representar a los socios/accionistas en la firma del acta constitutiva en su idioma de origen;
  • en la organización de los trámites para obtener la protocolización notarial del poder en su país de origen;
  • en la organización de los trámites para obtener la Apostilla del poder en caso de que se trate de un país que forme parte de la Convención de la Haya del 5 de octubre de 1961, o bien, de su legalización consular;
  • para obtener la traducción del poder al idioma español por parte de un perito autorizado;
  • para obtener la protocolización por parte de un notario mexicano

Nuestro Despacho brinda asistencia para el otorgamiento de cualquier otro tipo de poder general o especial para realizar cualquier acto que no se pueda presenciar personalmente, por ejemplo, la venta de un inmueble de su propiedad ubicado en México.